Artículo III-425
La Constitución no prejuzga en modo alguno el régimen de la propiedad en los Estados miembros.
Tratado por el que se establece
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EET: 15:56, 08.01.2009
CET: 14:56, 08.01.2009 GMT: 13:56, 08.01.2009 |
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La Constitución no prejuzga en modo alguno el régimen de la propiedad en los Estados miembros.