Artículo III-264
Los actos contemplados en las Secciones 4 y 5, así como los reglamentos europeos mencionados en el artículo III-263 que garanticen la cooperación administrativa en los ámbitos a que se refieren esas Secciones, se adoptarán:
a) a propuesta de la Comisión, o
b) por iniciativa de la cuarta parte de los Estados miembros.


