Artículo III-264

Los actos contemplados en las Secciones 4 y 5, así como los reglamentos europeos mencionados en el artículo III-263 que garanticen la cooperación administrativa en los ámbitos a que se refieren esas Secciones, se adoptarán:

a) a propuesta de la Comisión, o

b) por iniciativa de la cuarta parte de los Estados miembros.

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