Artículo II-98 Protección de los consumidores
En las políticas de la Unión se garantizará un nivel elevado de protección de los consumidores.
Tratado por el que se establece
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EET: 2:03, 28.08.2008
CET: 1:03, 28.08.2008 GMT: 0:03, 28.08.2008 |
En las políticas de la Unión se garantizará un nivel elevado de protección de los consumidores.