Artículo I-19 Instituciones de la Unión

1. La Unión dispone de un marco institucional que tiene como finalidad:

— promover sus valores,

— perseguir sus objetivos,

— defender sus intereses, los de sus ciudadanos y los de los Estados miembros,

— garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones.

Este marco institucional está formado por:

— el Parlamento Europeo,

— el Consejo Europeo,

— el Consejo de Ministros (denominado en lo sucesivo «Consejo»),

— la Comisión Europea (denominada en lo sucesivo «Comisión»),

— el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

2. Cada institución actuará dentro de los límites de las atribuciones que le confiere la Constitución, con arreglo a los procedimientos y condiciones establecidos en la misma. Las instituciones mantendrán entre sí una cooperación leal.

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