Artículo I-19 Instituciones de la Unión
1. La Unión dispone de un marco institucional que tiene como finalidad:
— promover sus valores,
— perseguir sus objetivos,
— defender sus intereses, los de sus ciudadanos y los de los Estados miembros,
— garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones.
Este marco institucional está formado por:
— el Parlamento Europeo,
— el Consejo Europeo,
— el Consejo de Ministros (denominado en lo sucesivo «Consejo»),
— la Comisión Europea (denominada en lo sucesivo «Comisión»),
— el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
2. Cada institución actuará dentro de los límites de las atribuciones que le confiere la Constitución, con arreglo a los procedimientos y condiciones establecidos en la misma. Las instituciones mantendrán entre sí una cooperación leal.




